Consejos legales sobre la Lotería de Navidad

12 de diciembre de 2018

Si vamos a compartir con amigos nuestra lotería de Navidad por whatsapp, para evitar sorpresas nuestra recomendación es que identifiquéis a todos los miembros del grupo del chat, que aparezca el nombre y apellidos de la persona que se va a hacer depositaria del décimo, hacer una captura de pantalla del décimo en el que aparezca el número de serie, la fracción, código y todos aquellos elementos que puedan servirnos para identificar el décimo sin ningún género de dudas, y además es muy importante que en el chat o grupo quede claramente definida la cantidad de dinero o el porcentaje que ha aportado cada persona del grupo para la compra del décimo.

Antes de pagar un décimo, debemos comprobar siempre que el mismo sea auténtico, que tenga logo, código y todos sus elementos de verificación. Si optamos por la venta on line, deberemos asegurarnos de que es una web segura, que tenga al menos un nombre o razón social, N.I.F. o C.I.F. del titular, dirección completa, número de teléfono y un correo electrónico al que nos podamos dirigir.

Una vez finalizada la compra, es conveniente que guardemos una captura de pantalla, así como los e - mails de confirmación de dicha compra.

En caso de que nuestro décimo compartido resultse premiado, si la persona depositaria lo cobrase unilateralmente podría estar cometiendo un delito.Sucedería lo mismo en el caso de falsificación de un décimo, por ello es tan importante guardar pruebas al comprar o compartir un décimo.

Otra cuestión importante y que se nos plantea a menudo es qué sucede si a uno de los dos cónyuges le toca la lotería de Navidad. Pues bien, el premio se reparte según el régimen matrimonial por el que hayan optado los cónyuges al contraer matrimonio, es decir, si están en régimen de separación de bienes, se interpretará que el décimo y su premio son de la persona que haya adquirido el número, mientras que si están en régimen de sociedad legal de gananciales el boleto pertenecerá a los dos cónyuges, aunque lo haya adquirido solamente uno de ellos, y por tanto el premio será de los dos.

Por último indicar que el décimo caduca a los tres meses desde el día siguiente a la fecha del sorteo. Este plazo se amplía un día más si el último día del periodo de cobro fuese festivo en la localidad en la que se tramita el pago del décimo premiado. El importe de los premios que no se hayan reclamado o vendido, se lo queda el Estado en beneficio del Tesoro Público.

En Letra & Ley estamos para ayudarte, también en Navidad. Así que SUERTE A TODOS y a jugar...., pero con seguridad.

FELICES FIESTAS

 

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