El legal compilance officer

02 de junio de 2016

La reforma del artículo 3 bis del Código Penal, ha tenido como consecuencia, la proliferación de un nuevo empleo, el del Legal Compliance Officer. Su función es asegurar el cumplimiento normativo, a nivel interno, y reducir las posibilidades de que la empresa incurra en responsabilidades legales y penales.

Las principales características que engloba este cargo son:

Un poder autónomo de iniciativa y control.

Obligación de los distintos departamentos de la empresa de informarle sobre los posibles riesgos e incumplimientos diarios que pudieran tener lugar en la sede de la empresa.

Será el encargado de supervisar que todas las actividades de la empresa, quedan amparadas al correcto cumplimiento del modelo de prevención.

El término español para designar al Legal Compliance Officer es Director de Cumplimiento Normativo de la empresa.

Vigila y controla la posible y eventual comisión de delitos empresariales y se encarga de detectar conductas delictivas en la empresa, tanto desde un punto de vista legal, como ético y moral.

Para ello pondrá en marcha un programa de prevención de riesgos penales.

Intervendrá unilateralmente, aconsejando a los departamentos de la empresa, con campañas de sensibilización ética o legal.

Asesorará legalmente, como buen conocedor del programa de cumplimiento normativo, y emitirá informes o dictamenes solicitados por algún departamento de la empresa.

Existirá un canal de denuncias eficaz, de manera que recibida una denuncia se investigue el caso con inmediatez.

El trabajo del Legal Compliance Officer, se basará en la transparencia empresarial. Para evitar una posible responsabilidad penal de la persona jurídica, su cometido pasa por supervisar, que desde la Alta Dirección, hasta el último eslabón de la cadena productiva, pasando por los colaboradores externos, se han cumplido, tanto la normativa legal como los principios de ética empresarial.

Es labor de este cargo analizar e identificar las posibles amenazas y debilidades jurídicas en la empresa.

Evaluar los riesgos penales que podrían derivarse de los cambios internos, ya sean estatutarios, organizativos, de producción, control o comercialización.

Informar al Consejo de Administración con los informes pertinentes, tendentes a rectificar anomalías.

Diseñar una respuesta adecuada a los comportamientos y actitudes irregulares

Los beneficios de la externalización de estos servicios en las pymes son:

El ahorro de costes

La mayor objetividad de que se dota al sistema de control

Mayor aceptación por parte de la plantilla de la implantación de la medida de control

Sin lugar a dudas, el Legal Compliance Officer aporta un valor añadido a la estrategia empresarial.

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